Activos ocultos
Bienes que no aparecen en la primera búsqueda: propiedades a nombre de terceros vinculados, vehículos, participaciones societarias y activos en otras jurisdicciones de la región.
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Hay un tipo de deudor que no es insolvente: es opaco. Declara no tener con qué pagar mientras el patrimonio sigue existiendo, solo que a nombre de otro, dentro de otra estructura o en otra jurisdicción. Contra ese perfil la cobranza convencional no funciona. Hace falta investigación.
No aplica a toda la cartera. Aplica donde el valor en juego lo sostiene.
Ninguno de los tres, por separado, alcanza para armar el caso.
Bienes que no aparecen en la primera búsqueda: propiedades a nombre de terceros vinculados, vehículos, participaciones societarias y activos en otras jurisdicciones de la región.
El rastro del dinero suele decir más que el balance. Identificamos movimientos que revelan capacidad de pago real, muchas veces muy distinta de la declarada.
Sociedades interpuestas, cadenas de titularidad y vehículos creados para separar al deudor de sus bienes. Entender la estructura es lo que permite atacarla.
Entre el deudor y sus bienes suele haber una o más capas: una sociedad creada para sostener la titularidad, un familiar que figura como propietario, una operación de traspaso hecha justo antes del incumplimiento.
Reconstruimos esa cadena hasta llegar al bien real. Lo que sale de ahí no es un informe de lectura: es inteligencia accionable sobre qué pedir, contra quién y en qué momento.
Este es el servicio donde la ética del proveedor importa más, porque se trabaja con información sensible. Toda la investigación se ejecuta dentro del marco legal aplicable y bajo protocolos de protección de datos personales.
El producto es inteligencia accionable, y se traduce en tres cosas.
Saber sobre qué bienes pedir medidas cautelares, y pedirlas a tiempo, dentro de la cobranza judicial.
Un deudor que sabe que usted conoce su patrimonio real negocia de otra manera.
Cuando el ocultamiento amerita algo más que un reclamo civil.
Sí. Trabajamos exclusivamente con fuentes y métodos permitidos por la legislación de cada país, bajo protocolos de cumplimiento auditados. Una investigación obtenida por vías irregulares no sirve en un proceso judicial y expone al acreedor.
Depende del caso. Una estructura simple se resuelve rápido; cuando hay sociedades interpuestas o varias jurisdicciones el trabajo se extiende. El plazo estimado se acuerda al plantear el caso.
Sí, dentro de nuestra cobertura regional en Ecuador, Colombia y Perú.
Sí, aunque rinde más integrada a una estrategia de cobranza judicial, porque la información se convierte en medidas cautelares oportunas.
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Distinción otorgada desde París. Clasifica cada año a las mejores firmas de recuperación de activos de América Latina.

Uno de los directorios legales más influyentes del mundo. Su ranking se construye entrevistando a los clientes de cada firma.

Certificación internacional de cultura laboral, medida con encuesta anónima al equipo. Un equipo estable gestiona mejor su cartera.

Norma internacional auditada por un tercero independiente. Garantiza una gestión ética y trazable de cada cartera.
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